Revocatoria de mandato de la alcaldesa de San Carlos quedó en firme.

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A través de una sentencia emitida la tarde del 5 de abril, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral para que inicien el proceso de revocatoria de la actual alcaldesa del municipio de San Carlos, Leda López Gómez.

Los entes mencionados arriba, argumenta la sentencia, que en el término de diez días continúe con todos los trámites pertinentes para que se adelante con total normalidad el proceso de revocatoria de mandato denominado ‘Salvemos a San Carlos’, el cual es encabezado por Teodoro Ibáñez Prada.

Cabe recordar que Ibáñez Prada inició la revocatoria porque a su juicio la mandataria municipal no habría cumplido con su plan de gobierno. En una audiencia virtual, celebrada hace más de un año, López Gómez se defendió argumentando que sí había cumplido con las metas fijadas, pese a estar el país atravesando la pandemia.

La sentencia fue firmada por los magistrados Luis Enrique Bustos Bustos, Mario Cortés Mahecha y Javier Fletscher Plazas.Revocatoria de mandato de la alcaldesa de San Carlos quedó en firme

A través de una sentencia emitida la tarde del 5 de abril, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral para que inicien el proceso de revocatoria de la actual alcaldesa del municipio de San Carlos, Leda López Gómez.

Los entes mencionados arriba, argumenta la sentencia, que en el término de diez días continúe con todos los trámites pertinentes para que se adelante con total normalidad el proceso de revocatoria de mandato denominado ‘Salvemos a San Carlos’, el cual es encabezado por Teodoro Ibáñez Prada.

Cabe recordar que Ibáñez Prada inició la revocatoria porque a su juicio la mandataria municipal no habría cumplido con su plan de gobierno. En una audiencia virtual, celebrada hace más de un año, López Gómez se defendió argumentando que sí había cumplido con las metas fijadas, pese a estar el país atravesando la pandemia.

La sentencia fue firmada por los magistrados Luis Enrique Bustos Bustos, Mario Cortés Mahecha y Javier Fletscher Plazas.

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