Hasta cinco mil millones de pesos podría ser la sanción para quienes no paguen la prima de servicios a sus trabajadores.
Los colombianos ya cuentan los días para dar inicio a una de las temporadas con mayor influencia de comercio, celebraciones y congregaciones en el año. Diciembre se encuentra a la vuelta de la esquina y las personas ya hacen cuentas de posibles gastos y de ingresos extras, como la prima salarial.
Cabe recordar que la prima de fin de año o de Navidad equivale a medio salario del empleado, en el que se añade (en los casos correspondientes) comisiones, auxilios de transporte y horas extras, según lo resaltado en el decreto de la Ley 1045 de 1978.
La forma correcta para obtener el valor de la última prima del año, de manera sencilla, es a través de un cálculo de los días laborados durante el segundo semestre, solo los que se cuentan como días hábiles. Una vez obtenido este dato se deberá multiplicar los días trabajados por el sueldo mensual y dividirlo entre 360.
Las personas interesadas en saber cuánto tiempo se debe trabajar para tener derecho a prima navideña, deben tener presente que este pago se hace por todo el semestre que haya cumplido con labores o una cifra proporcional al tiempo trabajado sobre el valor total del contrato.
Así pues, para los empleados o colaboradores que no lleven seis meses del contrato formal, la prima corresponderá al tiempo que lleven ejerciendo labores con su empleador, tiempo que como mínimo debe ser de tres meses.
Por otro lado, la fecha límite para el pago de esta prima del segundo semestre, que deben gestionar o cumplir los jefes y las compañías, será el 20 de diciembre de 2022, tiempo establecido para hacer cancelación del dinero correspondiente, por contrato, de sus empleados. Sin embargo, el empleador puede optar por pagarla antes, según lo explicado desde el Ministerio de Trabajo.
La Inspección del Trabajo de este ministerio puede imponer multas a aquel o aquellos que incumplan su obligación “por el no pago de prestaciones sociales”, las cuales podrán ser tasada entre 26,31 UVT a 131.565 UVT ($1.000.0000 a $5.000.000.000 valores 2022), de acuerdo con la gravedad evidenciada de esta infracción.
Además, si el contrato de trabajo se finaliza y el empleador no paga la prima de servicios junto con los demás compromisos laborales adeudados, “puede causarse una indemnización moratoria a la que se refiere el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo”, resaltó la cartera de Trabajo.
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