El Tribunal Superior de Medellín, en fallo de primera instancia, reconoció la vulneración a los derechos fundamentales de Sebastián López, interno de 23 años que ajusta semanas pidiendo la eutanasia desde la cárcel Bellavista, en el norte del Valle de Aburrá, por cuenta del deterioro de su salud.
La tutela la interpuso Hernando López Henao, padre de Sebastián, quien argumentó la vulneración de los derechos de su hijo por parte del Juzgado Sexto de Ejecución de Penas de Medellín, aduciendo que el órgano se ha negado a trasladarlo a un lugar “donde tenga las condiciones necesarias para llevar una vida digna de acuerdo con su estado de salud, donde cuente con el tratamiento adecuado para sus patologías (…)”.
Desde febrero de este año, los López cuentan con un parte de salud emitido por Medicina Legal: Sebastián es aquejado por una paraplejia de miembros inferiores, además de úlceras, una colostomía que resultó en infecciones y, dice el Tribunal Superior, en daños psicológicos. su drama se conoció en días pasados: el joven, prácticamente, se está pudriendo en la cárcel.
“Lo que dijo el Tribunal es que el Juzgado Sexto vulnera los derechos de mi hermano, porque hace meses ordenaron su detención carcelaria, pero en un hospital. Eso no lo han cumplido. Igual ha pasado con una cita médica. Tienen horas para cumplir la sentencia”, dice Juan López, hermano de Sebastián.
En la providencia emitida por el órgano judicial se ordena a la Regional Noroccidente de Medicina Legal que, en un término no mayor a doce horas, contadas a partir de su notificación, fije una fecha y hora para la valoración médica de Sebastián, “y remita a la autoridad judicial el dictamen médico legal respectivo”.
La directora de la cárcel Bellavista, por su parte, tendrá que gestionar los trámites correspondientes para que el joven pueda comparecer ante Medicina Legal o, en su defecto, remitir su historia clínica, “si fuere imposible el traslado, lo cual deberá ser sustentado y soportado documentalmente”.
Finalmente, en caso de que la decisión del Tribunal Superior no sea impugnada, el Juez Sexto de Ejecución de Penas de Medellín deberá, en un plazo no mayor a 48 horas, resolver las peticiones de prisión domiciliaria interpuestas por la parte tutelante.
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